Hola, en la anotación del día de hoy hablaré sobre aquellas
personas que no están obligadas a declarar renta. Ya que he visto
que en Internet no existe mucha información al respecto.
Les recuerdo que pueden dejar sus dudas o sugerencias de temas en los
comentarios o escribir al correo: darmebore1991@gmail.com.
En muchas ocasiones solo se habla de aquellas personas que están
obligadas a declarar renta en Colombia, pero poca información hay
sobre aquellas personas que no deben hacerlo. Y es por que es un tema
fácil y no está taxativamente establecido en el compendio legal
tributario colombiano.
En el Estatuto Tributario Colombiano en el articulo 592 establece que
personas están obligadas a declarar renta, si ustedes no se
encuentra dentro de estas circunstancias se deduce que no debe
realizar la declaración de renta.
-
Personas Naturales o jurídicas que sean responsables del impuesto a las ventas y que tengan ingresos butos inferiores a 1.400 UVT y no excedan 4.500 UVT (https://www.rankia.co/blog/dian/2454152-que-uvt-unidad-valor-tributario).
-
Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin residencia o domicilio en Colombia cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a la retención en la fuente. (Artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario Colombiano)
-
Las personas que laboran y que se les elimino la declaración tributaria.
-
Los contribuyentes que estén sometidos a la retención en la fuente por pagos o abonos por conceptos de servicios de transporte internacional prestados por empresa de transporte aéreo o marítimo sin domicilio en Colombia
-
Las personas naturales que pertenezcan al monotributo. (Es nuevo en Colombia, va dirigido a los pequeños comerciantes y ayuda a simplificar el pago de impuestos, va desde aquellos que ganan maximo 83.3 y como mínimo 41-6 millones de pesos al años).
-
Sin perjuicio de lo arriba anotado las personas asalariadas cuyos ingresos brutos provengan un ochenta por ciento (80%) de pago originados por una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:
-
Patrimonio bruto no supere 4,500UVT en el ultimo año gravable.
-
No sean responsables del impuesto sobre las ventas.
-
No tenga durante el respectivo año gravable ingresos totales o superiores a 4,073 UVT (Decreto 29 de 2013).
Pero en
sus parágrafos establecen unos requisitos para demostrar y probar
dicha condición, las que son las siguientes:
-
Certificado de retencion en la fuente expedidos por los agentes retenedores.
-
Volante de consignacion del sueldo (nomina) involucra tanto la pension de vejez, invalidez o muerte.
-
Contabilidad debidamente llevada por el respectivo profesional (contador).
La
persona debe conservar dichos documentos y exhibirlos cuando la
Administración de Impuestos Nacionales lo requiera.
Ahora
bien para aquellas personas asalariadas no declarantes, el
certificado de ingresos y retenciones, con el cumplimiento de los
requisitos señalados en las normas legales, reemplaza para todos los
efectos, la declaración del impuesto sobre la renta y
complementarios.
Si
se es trabajador independiente no estará obligado a declarar renta,
siempre y cuando los ingresos provenientes de honorarios, comisiones
y servicios, sobre los cuales se haya efectuado retención en la
fuente, sean el 80% o más del total de sus ingresos. Teniendo en
cuenta el articulo 29 de Decreto 836 de 1991 el independiente deberá
realizar una declaración extrajudicial firmada sin necesidad de la
autoridad de impuestos.
En
el caso que una entidad publica o privada a nivel nacional o en el
exterior, por cualquier motivo, le solicitasen la declaración de
renta y usted no esta obligado ha ello, les recomiendo realicen una
declaración extrajudicial ante una notaria (si esta en Colombia) o
Consulado de Colombia (si se encuentra en el exterior y deberá
apostillar). Lo anterior se deberá hacer ya que la DIAN no expide
certificados al respecto y adjunten todos los documentos que con
anterioridad mencione en el caso que les corresponde.
A
continuación les dejo una minuta de una declaración extra-juicio.
Espero
les sirva y sea de gran utilidad.
*Si
presentara la declaración extrajudicial en el exterior aparte de la
cedula de ciudadania, agregue el numero de pasaporte.
______________
_________, ___de
______ de _____
Ciudad Día
Mes Año
Señores
______________
Entidad a quien va
dirigida la certificación
_______________________
identificado con la cedula de ciudadanía Nº _________ expedida en
___________________, manifiesto que no estoy obligado a presentar
declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por el año
gravable de ______ de acuerdo a lo previsto en los artículos 592 a
594-3 del Estatuto Tributario, en atención a que no soy responsable
del impuesto a las ventas IVA y no obtuve INGRESOS SUPERIORES
a CUARENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS
($41.654.000.oo) M/CTE, en el ultimo día del año 2016 y
superior a CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y
NUEVE MIL PESOS ($133.889.000.oo) M/CTE, en concordancia con el
articulo 29 del Decreto 836 de marzo 26 de 1991 que regula lo
correspondiente al Certificado de ingresos para Personas
Independientes No Obligados a Declarar que no requiere
presentación ante la Administración de Impuestos DIAN.
Nombre: ______________________________
C.C.: _____________________________
Dirección de domicilio: _____________________________
Teléfono:___________________
Actividad Económica: _______________
Valor Ingreso Totales recibidos: ________________
Valor Patrimonio Bruto (Año 2016): _________________
Valor retenciones en la Fuente (Año 2016): ____________
Personas a mi cargo:
_________________________
La información aquí
reportada, se rinde bajo gravedad de juramento, la cual se considera
prestada con la firma del presente escrito.
____Firma_________________
______Nombre____________
______Numero
de Cedula_____________
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