sábado, 12 de julio de 2014

Material de Penal

Hola queridos lectores.

Hoy quiero compartirles este taller que realizamos en clases. Todo son conclusiones sacadas de mi lectura y análisis de la temática.

Realizo una explicación de la función principal del Fiscal General de la Nación y los órganos técnicos científicos que apoyan la investigación de esta entidad.

También se hace un análisis referente a como se deben realizar  las entrevistas a menores de edad víctimas de abuso sexual.

    ¿Quién es el coordinador de la investigación o indagación penal?

R/  El coordinador de la investigación e indagación dentro del proceso penal es el Fiscal General de la Nación. Esta entidad realizara dicha coordinación por medio del fiscal. Sus deberes serán la dirección, control jurídico y verificación técnico-científica que desarrolle la policía judicial.

El Fiscal ejecutara estas funciones teniendo en cuenta todos los casos penales que por medio de denuncia, querella, petición especial o cualquier otro medio llegase a su conocimiento.

También tiene su fundamento constitucional, produciendo de esta forma un deber emanado de la Constitución Política de Colombia teniendo en cuenta el artículo 250 que establece que la Fiscalía General de la Nación está obligada a prosperar el ejercicio de la acción penal realizando las investigaciones correspondientes eso si siempre que exista fundamentos específicos y facticos.

  ¿Cuáles son los órganos técnicos científicos?

R/ Los órganos técnicos-científicos son aquellas entidades especializadas en temas o actividades específicas, las cuales serán útiles en casos investigativos que los requiera.

Estos Órganos técnicos-científicos son los siguientes:

·         Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

·         Laboratorios privados nacionales o extranjeros.

·         Laboratorios de Universidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

·         Laboratorios Forenses de los órganos de policía judicial.

Estos órganos prestaran cuando se les requiera ayuda y apoyo técnico-científicos en las investigaciones desarrolladas por la Fiscalía General de la Nación y los organismos con funciones de policía judicial.

  ¿Cuáles son las actividades de la policía judicial en la indagación e investigación?

R/ Las actividades de la Policía Judicial son varias, ya que cumplen una función importante en el proceso penal.

Cuando los Servidores Públicos con funciones de policía judicial enseguida que tengan conocimiento de la comisión de un delito penal deberán realizar las acciones necesarias para la recolección de elementos probatorios. Entre estas se encuentra:

·         Inspección del lugar de los hechos.

·         Inspección del cadáver

·         Realizar entrevistas e interrogatorios.

·         Identificación, recolección y embalaje de los elementos materiales probatorios.

Estas actividades de policía judicial podrán ser apoyadas por las Entidades Técnicas - científicas. Ejemplo: Si se quisiere realizar la necropsia de un cadáver deberá ser traslado al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Estas actividades deberán ser presentadas dentro de las Treinta y seis horas por medio de un informe formal al Fiscal competente que coordina y controla la investigación.

¿Cuál es la metodología para entrevistar niños, niñas u adolecentes víctimas de abuso sexual conforme al artículo 206 A del Código de Procedimiento Penal adicionado por la ley 1652 de 2013?

R/  Frente a este tema han existido mucha controversia, pero la Corte Constitucional detuvo dicho conflicto y declaro exequible la Ley 1652 de 2013. Por esta decisión es que se permite reconstruir el testimonio de los menores de edad cuando son víctimas de delitos sexuales y de esta forma se configure como prueba procesal.

Es de esta forma que los testimonio de los menores víctimas de delitos sexuales entrar en el proceso penal, pero con unas garantías constitucionales y procesales.

La ley 1652 de 2013 tiene como objetivo reducir directamente las consecuencias del delito sexual vividas por el menor, previniendo su revictimizacion a la hora de desarrollar la entrevista por el funcionario judicial o la persona encargada.

Las características de estas entrevistas son las siguientes:

·         Deben ser realizadas por el personal de especialistas de la ciencia del comportamiento humano, psicólogos, profesionales en desarrollo familiar y trabajadores sociales.

·         En un ambiente relajado e informal.

·         El menor podrá estar acompañado por su representante legal o por un familiar mayor de edad.

·    Deberá ser realizado por medio de actividades lúdicas. (implementos adecuados a la edad y etapa evolutiva de la víctima.

¿Qué es un programa de metodología?

R/  El programa metodológico es una herramienta de trabajo que permite la organización y planeación de la investigación, con la finalidad de identificar y asegurar los medios cognoscitivos necesarios para demostrar lo que se pretende, que en el caso especifico seria la existencia de la comisión del delito, el autor y sus participes si los hay.

Es utilizado por el fiscal y la policía judicial asignados al caso respectivo.

Al establecer el programa metodológico se establece las prioridades procesales, también el ¿cómo? y ¿Por qué?, de la obtención de los elementos materiales probatorios.

Al desarrollar el programa se comienza a estructurar un mecanismo de estrategia, permite prever las posibles tácticas de la defensa, se puede prever falencias o  debilidades existentes y en el transcurso del proceso poder subsanar.